El 4 de diciembre de 2015 la AEMP (Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas) mediante Resolución Administrativa 0168/2015, sancionó a la CBN con una multa de 37,1 millones de UFV (Unidades de Fomento a la Vivienda), que equivale a $us 11,2 millones por Conducta Anticompetitiva Relativa. ¿En qué consiste este tipo de conducta anticompetitiva? ¿Cuáles son los argumentos de Cervecería Amazónica en Cobija? ¿Existen efectos sociales de estas conductas económicas? Comencemos con definiciones puntuales y descripción de los hechos.
La Conducta Anticompetitiva Relativa, en el derecho de competencia, se considera como una prohibición, “dadas sus afectaciones a la competencia y al bienestar de los consumidores, las acciones que constituyan un abuso de la posición dominante de un agente económico en un mercado, que adopte medidas para la creación de obstáculos a la entrada de nuevos competidores o a la expansión de los existentes (que es el caso); acciones para limitar, impedir o desplazar en forma significativa la competencia; la utilización de precios predatorios –es decir por debajo de los costos, con el fin de eliminar competidores o impedir el acceso de nuevos-; la discriminación de precios; la aplicación de restricciones verticales; la aplicación de compras o ventas atadas; y las negativas de trato o venta”.
En nuestra legislación boliviana se contempla esta conducta en el Artículo 11, del Decreto Supremo Nº 29519 (16 de abril de 2008) y la Cervecería Amazónica, afirma que CBN, además de restringir la competencia, se viola el artículo 314 de la Constitución Política del Estado (CPE), que prohíbe el monopolio y oligopolio privado.
El gerente de Planta de Cervecería Amazónica, Jhon Restovich, precisó que CBN incurrió en la venta de cerveza con diferentes precios (Puedes ver datos comparativos de precios en este enlace). Citó por ejemplo, que la caja de lata Paceña Centenario se vendía en La Paz a Bs 106,1 y en Cobija a Bs 81,1; la caja de Báltica a Bs 140,5 y en Cobija a Bs 61,2; y la caja de Brahma en Santa Cruz a Bs 86,8 y en Cobija a Bs 68. El gerente administrativo financiero de la Cervecería Amazónica, Gustavo Obleas, detalló que los hechos ilícitos de CBN han generado daños y perjuicios económicos de magnitud contra Cervecería Amazónica que no le permiten continuar con el desarrollo normal de sus actividades industriales, sumándose a ello efectos de carácter social con sus empleados. Restovich dijo que se iniciarán “acciones legales en Bolivia, ante las autoridades judiciales competentes, hasta lograr el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados” (La Razón).
La Cervecería Boliviana Nacional forma parte de un holding mundial de empresas del rubro de la cerveza liderado por la transnacional belga AB In Bev, que recientemente ha realizado un macro acuerdo multimillonario de fusión con la sociedad SAB Miller, lo que le permite tener dominio en una gran parte del mercado mundial de la cerveza, explicó Obleas.
La CBN ha sido sancionada anteriormente: 1) En septiembre de 2011, la AEMP determinó una multa de 8,49 millones de UFV, equivalente a Bs 14,2 millones ($us 2 millones), porque restringió la libre competencia al mercado a la empresa Servicios Orión, distribuidora de cerveza Paceña; 2) El 20 de diciembre de 2013, la AEMP también sancionó con 60 y 90 días de inhabilitación a 22 directores y gerentes de CBN por motivar la comisión de “prácticas anticompetitivas”.
La normativa legal y los efectos de la conducta anticompetitiva, hasta el momento son de carácter económico, cuyo interés abarca al de los empresarios y los consumidores. Sin embargo, no existe debate sobre los efectos que puedan tener estas conductas económicas en la sociedad y más específicamente en la juventud, al tener mayor acceso a bebidas alcohólicas por el menor costo de las mismas y al estar acompañadas de una fuerte campaña publicitaria que caracteriza los productos de CBN.
El abuso de consumo de la cerveza, como bebida alcohólica, puede causar daños a la salud. El Estado debe proteger a la sociedad de estas conductas económicas agresivas y no solamente al sector privado, que también tiene legítimo derecho. A diferencia de otra rama de productos, la cerveza con grado alcohólico que es consumida en exceso, puede causar daños a la salud (intoxicación, alcoholismo, etc.) y no solamente el individuo es responsable sino la comunidad entera y eso incluye al Estado. Espero que con estos antecedentes se puedan plantear estudios de los efectos de estas conductas económicas en Cobija desde el SEDEGES porque el objetivo de CBN al final no es desplazar a la competencia sino el de incrementar el consumo per cápita de alcohol en Bolivia.